Emprendimiento
Del empleo por cuenta ajena al negocio propio: cómo dar el paso con el riesgo controlado
Dejar el trabajo para emprender se decide dos veces: en la cabeza, cuando uno ya no se ve dentro, y sobre el papel, cuando toca poner fecha y saber de qué se vive mientras el negocio no paga. He hecho ese camino en los dos sentidos: emprendí a los 21, cerré aquella empresa a los cuatro años y pasé por comités de dirección de grandes compañías antes de volver a crear negocios.

Las razones equivocadas y las buenas
La peor razón para irse es huir. Quien huye monta el negocio con la misma prisa con la que salió y decide por miedo: acepta cualquier cliente y pone precios bajos. Tampoco sirve «ser mi propio jefe»: el autónomo tiene tantos jefes como clientes.
Las buenas razones son más aburridas. Alguien ya le pide ese servicio y pagaría por él. Conoce un problema de su sector desde dentro y sabe resolverlo mejor o más barato. Lleva meses con una actividad en paralelo que ya no cabe en las horas libres. O ha tocado techo.
Emprendí a los 21 con una Formación Profesional de grado medio y poco después fundé Bella Idea, que vendía más de 200 servicios a precio cerrado, algo que, que yo sepa, nadie hacía entonces en Europa. Lo que sostuvo aquella decisión no fue el malestar con un empleo, sino clientes dispuestos a pagar por algo concreto. Eso cambia la pregunta: de «¿aguanto más aquí?» a «¿lo que ya me piden sostiene una empresa?».
Cuatro comprobaciones antes de presentar la baja
Clientes que ya pagarían
No valen las encuestas ni los «yo te compraría». Vale un pedido, un presupuesto aceptado, un anticipo o varias conversaciones en las que alguien preguntó cuánto cuesta y cuándo puede empezar. Sin nada de eso no hay una decisión de salida sino una idea por validar, y eso se hace con el empleo en nómina; lo explico en cómo validar una idea antes de invertir en ella.
El colchón se mide en meses, no en euros
Sume sus gastos personales fijos, la cuota de autónomos y los costes mínimos del negocio, y divida por esa cifra el dinero disponible: esos son los meses que aguanta sin vender. La Seguridad Social aplica una cuota reducida a quien no ha estado de alta en autónomos en los dos años anteriores: 80 € al mes durante doce meses (algo más con el Mecanismo de Equidad Intergeneracional), prorrogables otros doce si los rendimientos no superan el salario mínimo. Después se cotiza por ingresos reales.
El precio de verdad
El error habitual es dividir el sueldo actual entre las horas del mes y llamar a eso tarifa. No se facturan todas las horas: muchas se van en vender, cobrar y administrar. Súmele las vacaciones que nadie paga, el IVA y el IRPF trimestrales que pasan por su cuenta sin ser suyos, y algún impago. Si el número asusta al mercado, mejor saberlo antes de firmar la baja.
Lo que firmó con su empresa
Relea el contrato. El artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores permite pactar la plena dedicación a cambio de una compensación económica expresa, y un pacto de no competencia posterior al contrato de dos años como máximo para los técnicos y seis meses para el resto, válido solo si la empresa tiene un interés industrial o comercial efectivo y le ha pagado una compensación adecuada. La exclusividad se puede rescindir avisando por escrito con treinta días y perdiendo esa compensación. Esto se revisa con un laboralista.
Tres vías de transición, de menor a mayor ruptura
| Vía | Condición | Qué conserva | Qué vigilar |
|---|---|---|---|
| Empezar en paralelo | Sin plena dedicación pactada y sin competir con su empresa | Nómina, cotización y clientes reales | Horas, conflicto de interés, altas fiscal y de autónomos |
| Excedencia voluntaria | Un año de antigüedad (artículo 46.2 del Estatuto) | Derecho preferente a reingresar en vacantes de igual o similar categoría | Sin salario ni cotización de la empresa; sin derecho a paro |
| Salida pactada | Acuerdo con la empresa sobre fecha y condiciones | Relación, referencias y, a veces, un primer cliente | La forma de extinción: de ella depende la prestación |
Empezar en paralelo es la vía que más recomiendo cuando es legal y compatible. Con carácter general, tener un segundo trabajo es lícito; deja de serlo si hay competencia desleal o un pacto de plena dedicación remunerado. Hágalo fuera de su horario, sin medios de la empresa y con las altas que correspondan en Hacienda y, cuando la actividad lo exija, en autónomos. Gana información: clientes de verdad antes de perder la nómina.
La excedencia voluntaria exige un año de antigüedad y dura entre cuatro meses y cinco años, sin alegar causa; solo puede repetirse pasados cuatro años desde la anterior. No conserva el puesto, sino un derecho preferente a ocupar vacantes de igual o similar categoría cuando las haya. La empresa no paga ni cotiza y el SEPE no reconoce situación legal de desempleo, así que no hay prestación. Revise el convenio y, si su negocio compite con su empleador, consúltelo antes: el contrato está suspendido, no extinguido.
La salida pactada y el uso legal del paro
La salida pactada es la que he visto funcionar mejor desde el otro lado de la mesa, en comités de dirección. Quien avisa con tiempo, respeta el preaviso del convenio y deja el trabajo ordenado suele salir con la puerta abierta. Ahí se negocian fechas, vacaciones pendientes, la liberación de un pacto de no competencia que ya no interese a nadie y, a veces, convertirse en proveedor de la empresa que se deja.
Lo que no se negocia es la prestación. La baja voluntaria y la extinción por mutuo acuerdo (artículo 49.1 del Estatuto) no son situación legal de desempleo según el artículo 267 de la Ley General de la Seguridad Social, que solo la reconoce cuando el cese es involuntario: despido, fin de contrato, causas objetivas o ciertos incumplimientos graves de la empresa. Pactar un despido ficticio para cobrar el paro es un fraude. Si la salida sí da derecho a prestación, hay dos herramientas legales:
- Compatibilizar el paro con el alta de autónomo hasta 270 días, o los que le queden, pidiéndolo en los quince días siguientes al inicio de la actividad. Queda fuera quien contrata como autónomo con la empresa para la que trabajaba justo antes o con otra de su grupo. Lo detallo en cómo cobrar el paro siendo autónomo.
- Capitalizar la prestación en un pago único para la inversión inicial o las cuotas a la Seguridad Social. Se solicita antes de darse de alta, con al menos tres mensualidades pendientes, y el destino del dinero se justifica después. Las condiciones, en capitalizar la prestación por desempleo.
Quien usa una no puede usar la otra en los veinticuatro meses siguientes; salvo cambios normativos, compruebe los requisitos en la sede del SEPE.
El cambio de identidad y lo que nadie cuenta del primer año
El primer golpe no es económico. Es dejar de ser «director de» para ser alguien que explica a qué se dedica en una frase y a quien nadie llama por el cargo. Y se echa de menos lo que no se valoraba: alguien que cobra las facturas, un departamento legal, un presupuesto ajeno.
Del primer año nadie cuenta tres cosas. Que el cobro llega bastante después que el trabajo y, con carácter general, el IVA de esa factura se ingresa aunque el cliente no haya pagado. Que vender ocupa más tiempo que el oficio por el que uno se fue. Y que la familia vive la incertidumbre con más miedo que uno, porque ve la cuenta bancaria y no la cartera de clientes.
El negocio no empieza el día del alta en autónomos. Empieza el día que el mismo cliente paga la segunda factura.
Cuando cerré Bella Idea lo hice de forma ordenada, atendiendo a proveedores, equipo, clientes y obligaciones financieras. Fije de antemano qué número y qué fecha le harían parar. Un cierre a tiempo es parte del plan, no su fracaso.
Cuándo es mejor no dar el paso
No conviene dejar el empleo si el único motivo es el malestar actual; cambiar de empresa lo resuelve más barato. Tampoco si nadie le ha pagado aún por lo que quiere vender, si el colchón no cubre los meses calculados, si atraviesa una situación personal que exige estabilidad, o si todo depende de que una sola empresa, la suya actual, le compre. Un negocio con un solo cliente es un empleo sin derechos.
Tampoco es el momento si descubre que le atrae la idea y no el oficio diario de vender, cobrar y resolver. En los programas de emprendimiento que lidero dedicamos las primeras sesiones a esto, y hay quien concluye que lo suyo es seguir por cuenta ajena. Es una buena conclusión, no una derrota.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el paro si dejo mi trabajo voluntariamente para hacerme autónomo?
Con carácter general, no. El artículo 267 de la Ley General de la Seguridad Social excluye de la situación legal de desempleo a quien cesa voluntariamente, salvo supuestos concretos como la resolución del contrato por incumplimientos graves de la empresa. Compruebe su caso con el SEPE o un laboralista.
¿Puedo trabajar como autónomo durante una excedencia voluntaria?
La excedencia voluntaria no exige alegar causa, pero el contrato sigue suspendido y la buena fe con la empresa se mantiene, así que competir con ella es terreno delicado. No hay salario, cotización ni prestación por desempleo, y al final solo conserva un derecho preferente a reingresar en vacantes de igual o similar categoría.
¿Cuánto tiempo puedo compatibilizar el paro con mi actividad por cuenta propia?
Hasta 270 días, o los que le queden si son menos, siempre que lo solicite en los quince días siguientes al inicio de la actividad. Termina si acepta un trabajo por cuenta ajena y no se concede a quien contrata como autónomo con su anterior empleador o una empresa de su grupo.
¿Qué pasa con mi pacto de no competencia si quiero montar algo en el mismo sector?
El artículo 21.2 del Estatuto limita ese pacto a dos años para los técnicos y seis meses para el resto, y solo lo considera válido si la empresa tiene un interés industrial o comercial efectivo y le ha abonado una compensación adecuada. Si no cobró nada por él, que lo revise un laboralista.
Fuentes
- Estatuto de los Trabajadores (BOE), artículos 21, 46 y 49
- Ley General de la Seguridad Social (BOE), artículos 267, 282 y 296
- SEPE: situación legal de desempleo
- SEPE: compatibilidad del paro con el trabajo por cuenta propia
- SEPE: pago único de la prestación contributiva
- Seguridad Social (Importass): guía práctica de trabajo autónomo
